Protocolo COE: Actividades deportivas acuáticas - Pesca deportiva
Protocolo de actividades deportivas acuáticas – Pesca deportiva
Decreto nº 500 – Ordenanza nº 3323
Se permite la práctica en bote de hasta dos personas embarcadas, manteniendo siempre el distanciamiento mínimo y el uso de tapabocas en todo momento.
Se evitará compartir todo tipo de elementos deportivos, recipientes de agua y elementos de protección.
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